La Corte Constitucional rechazó la acción extraordinaria de protección presentada por el movimiento Revolución Ciudadana (RC5) y dejó en firme la suspensión provisional de su personería jurídica, medida emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) dentro del denominado caso Caja Chica.
La decisión fue adoptada por una Sala de Admisión, que concluyó que el recurso no cumplía con los requisitos establecidos para ser tramitado. En consecuencia, la suspensión temporal del movimiento político se mantiene vigente.
La suspensión fue solicitada en el marco de una investigación
La medida fue dictada por el juez del Tribunal Contencioso Electoral, Joaquín Viteri, tras un pedido de la Fiscalía General del Estado, dentro de una investigación previa por un presunto delito de lavado de activos relacionado con el financiamiento de campañas políticas.
Con este pronunciamiento, la resolución del TCE queda firme en el ámbito constitucional, mientras continúan tanto el proceso electoral como las investigaciones que desarrolla la Fiscalía.
Revolución Ciudadana cuestiona la decisión
Tras conocer el fallo, Revolución Ciudadana emitió un comunicado en el que rechazó la decisión de la Corte Constitucional y aseguró que continuará denunciando la suspensión del movimiento, al considerar que la medida vulnera los derechos políticos de sus militantes y simpatizantes.
Pese a la suspensión provisional de la organización, los candidatos respaldados por el correísmo podrán participar en las elecciones seccionales de 2027 mediante la alianza electoral con el movimiento AMIGO.






























