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Deliverys en Ecuador tendrán nuevas reglas: estos son los requisitos que deberán cumplir

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Los repartidores que trabajan en motocicleta tendrán que cumplir nuevas condiciones para desarrollar su actividad en Ecuador. Las reformas a la Ley de Tránsito establecen requisitos específicos para este servicio, entre ellos el uso de elementos que permitan identificar con mayor facilidad a los vehículos y sus conductores.

La medida llega en medio de la preocupación por hechos delictivos en los que se habría utilizado la modalidad de reparto a domicilio como mecanismo para acercarse a las víctimas. Con las nuevas disposiciones se busca, además de regular la actividad, fortalecer los controles y la seguridad vial.

¿Qué se considera un delivery?

La reforma incorpora una definición para este tipo de servicio. Se considera como delivery a las motocicletas homologadas utilizadas para trasladar alimentos, productos, artículos de consumo y otros bienes de pequeño tamaño, de acuerdo con las condiciones que establezca la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

Esta actividad queda clasificada como un subtipo del transporte comercial de carga ligera.

Estos son los requisitos

Quienes realicen entregas a domicilio deberán cumplir las disposiciones de la Ley de Tránsito, así como las normas emitidas por la ANT y, cuando corresponda, las regulaciones de los gobiernos municipales.

Entre las principales obligaciones contempladas están:

  • Contar con la licencia de conducir correspondiente para motocicletas. Los conductores extranjeros deberán homologar en Ecuador la licencia obtenida en su país de origen.
  • Llevar casco de seguridad homologado que permita identificar el número de placa.
  • Utilizar un chaleco reflectivo con el número de placa.
  • Identificar con la placa las mochilas, cajas o contenedores empleados para transportar los productos.
  • No transportar pasajeros mientras se realiza el servicio.
  • Inscribirse en el Registro Nacional de Conductores y Vehículos destinados al servicio de transporte de bienes y servicios a domicilio.

La ANT estará a cargo del registro

La Agencia Nacional de Tránsito será la institución responsable de implementar el registro. Para ello deberá establecer posteriormente los mecanismos y procedimientos que permitan realizar las inscripciones, actualizaciones, suspensiones o cancelaciones.

La información también deberá ser compatible con los sistemas utilizados para el control de tránsito y seguridad vial.

¿Habrá multas por no registrarse?

Uno de los puntos que finalmente no fue incluido en la reforma es una sanción económica para quienes no cumplan con la inscripción.

La Asamblea Nacional no aprobó la propuesta que contemplaba una multa y la reducción de puntos en la licencia para los conductores que no se registraran en el sistema.

Por ahora, las nuevas disposiciones todavía no están vigentes. El presidente Daniel Noboa deberá aprobar las reformas para que puedan entrar en aplicación.

Una vez que esto ocurra, la ANT deberá desarrollar la normativa secundaria necesaria para establecer cómo funcionará el registro y los mecanismos de control para quienes presten servicios de entrega a domicilio en motocicleta.

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